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¿Cómo financiar la
compra de una vivienda?
A la hora de compra su vivienda puede optar por
diferentes fórmulas de financiación: hipotecas,
préstamos personales, deducciones, el ahorro
“cuentas ahorro vivienda” y beneficiarse de las
ayudas públicas.
Puedes escoger entre préstamos con garantía personal
o préstamos con garantía hipotecaria. La diferencia
entre ambos está en que el préstamo hipotecario
utiliza el inmueble (la vivienda) como garantía
especial de la operación. Esta garantía permite a
las entidades financieras asumir mayor riesgo y
ofrecer préstamos de elevada cuantía y largo plazo
de amortización. Además, su tipo de interés suele
ser más reducido. La combinación del largo plazo de
amortización y bajo interés se traduce en recibos
mensuales de menor importe, aunque el capital total
del préstamo sea elevado. Por estas razones, los
préstamos hipotecarios suelen ser la forma de
financiación más habitual en las compras de
vivienda.
En cualquier caso, no es obligatorio contratar una
hipoteca para adquirir una vivienda. Por ejemplo, si
la cuantía a financiar es reducida y tienes previsto
amortizarla en pocos años, es posible que un
préstamo personal sea más interesante, puesto que si
bien los intereses serán más elevados, evitarás los
gastos de constitución, registro y cancelación
asociados al préstamo hipotecario.
Préstamo
hipotecario
Como ya señalamos anteriormente la hipoteca es un
préstamo con garantía inmobiliaria. Al quedar el
inmueble afectado como garantía del pago, los tipos
de interés aplicados son más baratos y los plazos
más largos.
Cuantía del préstamo hipotecario
La cuantía máxima a solicitar para una hipoteca
viene delimitada básicamente por dos factores:
Tu capacidad de pago mensual. Esta medida se
determina en función de los ingresos regulares,
independientemente de que su origen sea el trabajo o
procedan de algún tipo de inversión. Las entidades
recomiendan que la cuota mensual no supere el 30 o
35% de los ingresos familiares. La capacidad de pago
puede favorecerse si se alarga la duración de la
hipoteca, ya que así la cuota mensual será más
reducida. No obstante, debes tener en cuenta que
para un mismo capital, cuanto mayor sea el plazo,
más habrás pagado en concepto de intereses al
finalizar la vida del préstamo. Por lo tanto, se
trataría de buscar un equilibrio. Piensa que las
entidades de crédito te ofrecen hasta incluso 50
años para amortizar tu hipoteca.
El valor de tasación del inmueble que hipotecas. Por
lo general el importe del préstamo hipotecario no
podrá superar el 80% del valor de tasación. Pero
¿qué pasa si tienes capacidad de pago pero ese 80%
te resulta insuficiente? Seguramente no resulte muy
difícil encontrar alguna fórmula de financiación
alternativa, lo mejor sería visitar una empresa de
servicios financieros, banco o caja de ahorros para
que puedan estudiar tu caso y asesorarte
personalmente.
¿Qué tipos de hipotecas existen?
Las entidades financieras ponen a disposición de sus
clientes préstamos hipotecarios muy variados. La
distinción básica es la forma de calcular el tipo de
interés que deberás pagar: puede ser un tipo de
interés fijo o variable. También existen hipotecas
mixtas, con los primeros años a tipo fijo y
posteriormente variable. Si prefieres saber desde el
principio cuánto vas a pagar por tu hipoteca, sin
variaciones, te interesa un tipo fijo.
Préstamo hipotecario a tipo fijo. En esta
hipoteca el interés permanece constante durante toda
la vida del préstamo, y el cliente paga lo mismo
cada mes.
El plazo de amortización en esta modalidad suele ser
más corto, entre los doce y veinte años.
Préstamo hipotecario a tipo variable.
Combinan un tipo de interés inicial y un tipo de
revisión que cambia periódicamente ( entre seis o
doce meses), ya que se establece tomando un tipo de
base de referencia, al que se suma un margen o
diferencial.
Préstamo hipotecario con cuota de amortización
fija. Hipoteca a interés variable, pero con
cuota de amortización fija, por lo que el cliente
paga siempre lo mismo con independencia de la
evolución de los tipos de interés. Por lo tanto si
los tipos de interés suben, se alarga el plazo de
amortización, y si bajan, se acorta.
Préstamo hipotecario a interés variable con
techo. Hipoteca a tipo variable que tienen un
tope máximo de interés los primeros años.
Préstamo hipotecario a interés mixto. Esta
modalidad de hipoteca combina el tipo de interés
fijo durante los primeros años y posteriormente se
aplica un interés variable.
¿Cómo elegir la mejor hipoteca?
Tras analizar la información recogida en portales en
de Internet, publicidad y directamente en las
entidades bancarias o empresas de servicios
financieros, es preciso analizar factores como:
Comisiones de apertura, por cancelación anticipada,
o por cancelación total.
Plazo del tipo de interés inicial, generalmente
entre seis y doce meses.
Plazos de amortización, puedes elegir hasta 50 años
para pagar tu hipoteca.
Claúsulas de revisión: Diferencial.
Referencia que se empleará para la revisión del
interés. El más conocido es el "Euribor a 1 año"
(tipo de interés al que los bancos de la zona Euro
se prestan fondos entre sí y a su vez el índice más
utilizado), aunque también hay otros, como el IRPH,
Indice de Referencia de Préstamos Hipotecarios que
marcan Bancos, Cajas o el Conjunto de Entidades.
Posibilidad de renovación o renegociación de las
condiciones del préstamo en el
futuro.
Condiciones para la subrogación, en el caso de
querer pasar la hipoteca a otra
entidad.
La hipoteca en la compra de viviendas de obra
nueva, en esto casos hay que tener en cuenta la
subrogación en la hipoteca del promotor/vendedor
En la mayoría de los casos, las viviendas de nueva
construcción ya tienen una hipoteca constituida por
el propio promotor. Normalmente, cuando existen
estas hipotecas el promotor te dará la opción de
continuar con ella, una vez te sea entregada la
vivienda, sin necesidad de constituir otra hipoteca
adicional. Este acto se conoce con el nombre de
subrogación en la hipoteca del promotor. Tú
mismo deberás analizar las ventajas que tendrías si
escogieras la opción de subrogarte frente a la de
constituir una nueva hipoteca por tu cuenta. Te
apuntamos unas cuantas cuestiones que conviene
tengas en cuenta:
El promotor en ningún caso puede obligar al
comprador a realizar la subrogación.
Una parte de los gastos asociados a las hipotecas
del promotor han sido abonados por él mismo. Esto
puede ser beneficioso para el comprador en caso de
llevarse a cabo la subrogación. Sin embargo, en caso
de que el comprador no desee realizar la
subrogación, el promotor está obligado a cancelar la
hipoteca constituida sobre tu vivienda, asumiendo él
mismo el importe de los gastos de cancelación. Este
acto se conoce como "dejar el inmueble libre de
cargas".
A la hora de decidir si subrogarte o no, debes
analizar no sólo los gastos de constitución y
notario, sino también las condiciones de la propia
hipoteca (tipo de interés, plazo de amortización,
importe total concedido, comisiones de apertura,
amortización anticipada y cancelación), ya que puede
ocurrir que lo que ahorras en gastos, se compense
por otro lado con un mayor tipo de interés o
comisiones exigidas por la entidad financiera.
Deducciones
por compra de la vivienda habitual
La compra de una vivienda da derecho al propietario
a disfrutar de las siguientes deducciones a la hora
de realizar la Declaración de la Renta:
De las cantidades destinadas a la adquisición o
rehabilitación de la vivienda habitual: el 15% con
una base máxima de 9.015,18 €. El mismo porcentaje
se aplica a las cantidades destinadas a la
adecuación de la vivienda habitual de contribuyentes
minusválidos con un límite independiente de
12.020,24 €.
De la adquisición o rehabilitación financiada con
préstamo, incluyendo la amortización de intereses y
demás gastos derivados de la misma:
a)
Durante los dos años siguientes a la adquisición: el
25% sobre los primeros 4.507,59 € y el 15% sobre el
exceso hasta 9.015,18 €.
b)
Posteriormente: el 20% sobre los primeros 4.507,59 €
y el 15% sobre el exceso hasta 9.015,18 €.
El Ahorro,
las cuentas ahorro vivienda
Esta fórmula es utilizada generalmente para el
ahorro de la cantidad inicial necesaria para abordar
la compra de la vivienda. Su principal
característica reside en las interesantes ventajas
fiscales que incorpora: la legislación actual
permite desgravarse en la declaración de la renta,
durante un máximo de cuatro años, el 15% de las
cantidades invertidas en esta cuenta que no excedan
de 9.015,18 euros al año.
Ayudas
públicas para la compra de una vivienda
Dirigidas a personas de presupuesto limitado.
Los jóvenes de hasta 35 años, las familias numerosas
y las familias con personas con minusvalías o
personas mayores a su cargo cuentan con ayudas
adicionales.
Las ayudas económicas se dan a personas o familias
que acceden por primera vez a una vivienda. Pero
también van dirigidas a las familias que cambian de
domicilio al aumentar el número de miembros.
Las ayudas se fijan teniendo en cuenta el Salario
Mínimo Interprofesional fijado anualmente.
Estas ayudas se recogen en los Planes de Vivienda. |
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